Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
/

CIRCULAR – AYUDAS INTERNACIONALIZACIÓN

8 de mayo de 2017

Category

Newsletters

FEDACOVA

Informs

Estimado amigo:

En el DOCV del pasado 4 de Mayo ha sido publicada la Resolución del IVACE por la que se convocan las  Ayudas a los planes de Internacionalización de las PYME de la Comunidad Valenciana.

Relacionamos a continuación sus principales características:

Objeto

Impulsar la internacionalización de las empresas de la Comunitat Valenciana con el fin de mejorar su posicionamiento en mercados exteriores mediante el apoyo a las acciones incluidas en sus planes de Internacionalización.

Las bases reguladoras de la presente convocatoria son las aprobadas por la Orden 20/2016, de 19 de octubre, de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas por el Instituto Valenciano de Competitividad Empresarial (IVACE), publicadas en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV) nº 7903, de 25 de octubre de 2016; en dichas bases se establecen las condiciones de las ayudas en lo no previsto en esta convocatoria.

Beneficiarios

PYMES con personalidad jurídica propia y domicilio social en la Comunitat Valenciana que dispongan de un plan de internacionalización individual que contemple acciones de promoción específicas y que cuenten con una estrategia claramente definida con la que abordar o consolidar la presencia de la empresa, sus productos y sus marcas en los distintos mercados exteriores que la empresa haya definido como prioritarios en su Plan de Internacionalización.

A efectos de la presente convocatoria, se considerará pyme la entidad cuyas características se ajusten a lo dispuesto en el Anexo I del Reglamento (UE) nº 651/2014 de la Comisión de 17 de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayuda con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO L 187 de 26.06.2014).

  • Cuantía de la ayuda/Procedimiento de cobro

Las ayudas que se establecen en la presente resolución se concederán bajo la forma de subvención. La ayuda podrá alcanzar hasta el 60 % de los costes subvencionables, si bien el porcentaje concreto dependerá del número de solicitudes presentadas, y ello sin perjuicio de que la ayuda total de minimis concedida a una única empresa no podrá ser superior a 200.000 euros durante cualquier periodo de tres ejercicios fiscales.

Plazo de presentación

El plazo de presentación de solicitudes se iniciará el 5 de mayo y finalizará el 16 de junio de 2017.

  • Actuaciones apoyables

Se consideran costes subvencionables:

1.Servicios de alquiler de espacio de las ferias internacionales que se celebren fuera del estado español, excluidas las contempladas en la Resolución de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo, de convocatoria de ayudas de apoyo a la promoción exterior de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2017, así como la participación en los pabellones oficiales organizados por el Instituto de Comercio Exterior (ICEX), o las participaciones agrupadas que cuenten con algún tipo de apoyo del ICEX durante el ejercicio 2017.

  1. Servicios relacionados directamente con la ejecución del plan de marketing internacional, en concreto:
  2. a) publicidad en medios extranjeros.
  3. b) publicidad o inscripción en portales o directorios on-line y mercados electrónicos internacionales, siempre que esté vinculada con los mercados exteriores objetivo del plan de internacionalización.
  4. c) comunicación on-line y off-line relacionada con el desarrollo de campañas de comunicación internacionales, hasta un importe máximo de 6.000 euros.
  5. Servicios relacionados con el proceso de nuevos registros de marca en países fuera de la Unión Europea. No se consideran elegibles las tasas, así como las renovaciones o servicios de vigilancia.
  6. Servicios relacionados con el proceso de certificación y registro de productos necesarios para la comercialización de los productos en los países fuera de la Unión Europea. No se consideran elegibles las tasas.
  7. Servicios relacionados con la creación de la página web así como la adaptación correspondiente a los mercados internacionales, y servicios relacionados con la elaboración de material promocional, catálogos, folletos y cartelería diversa hasta un importe máximo de 10.000 €. Quedan excluidos los servicios realizados por personal propio de la empresa para estos conceptos así como las muestras.
  8. Gastos de personal: salario neto del personal técnico en comercio exterior contratado en el año 2017 para ejecutar el plan de promoción internacional de la empresa, siempre que el salario neto anual sea de un mínimo de 18.000 euros y la duración mínima del contrato de 12 meses. Se aceptará un máximo de gasto por este concepto de dos contratos por empresa beneficiaria. Para las empresas de industrias creativas y culturales se admitirán también los gastos de un profesional o empresa externa contratada al efecto. Únicamente serán subvencionables los gastos indicados en este apartado si la empresa realiza acciones de promoción en mercados exteriores que pueda justificar
  9. Servicios relacionados con compra de pliegos de licitaciones en mercados exteriores que correspondan al ejercicio 2017 así como su traducción si así fuera necesaria.
  10. Gastos de alojamiento y desplazamiento a los mercados internacionales incluidos en el plan de promoción internacional detallado en la memoria, siendo el importe máximo subvencionable de 10.000 euros.
  11. Otros servicios directamente relacionados con la realización o participación en acciones de promoción en el exterior.

Requisitos Generales de los Proyectos

Serán apoyables únicamente aquellos proyectos cuyo coste subvencionable debidamente justificado sea superior a 5.000 euros, siendo el límite máximo de 100.000 euros. Las actuaciones apoyables serán todas aquellas en los que incurran las empresas beneficiarias para la contratación de servicios avanzados necesarios para la ejecución de sus planes de internacionalización, con exclusión de las actuaciones previstas en la Resolución de la Conselleria de Economía Sostenible, Sectores Productivos, Comercio y Trabajo por la que se convoquen las ayudas de apoyo a la promoción exterior de la Comunitat Valenciana para el ejercicio 2017 si el objeto para el que se conceden aquellas es idéntico al de las previstas en la presente convocatoria, así como de las derivadas de la participación en los pabellones oficiales organizados por el Instituto de Comercio Exterior (ICEX), o las participaciones agrupadas que cuenten con algún tipo de apoyo del ICEX durante el ejercicio 2017.

Normativa aplicable

Ver Orden 20/2016, de 19 de octubre (bases reguladores)

Ver Resolución de 18 de abril de 2017 (convocatoria)

Quedamos a tu disposición para cualquier aclaración al respecto