Buscar
Cerrar este cuadro de búsqueda.
/

CORONAVIRUS: Nota aclaratoria sobre forma de proceder de las empresas que decidan realizar pruebas diagnósticas a sus trabajadores. DG de Salud Pública y Adicciones y RJD.

4 de mayo de 2020

Category

Newsletters

FEDACOVA

Informs

Estimado amigo,

Adjuntamos informe Jurídico del Departamento Laboral de Fedacova, con las últimas novedades en el proceso de desescalada. Contiene información de interés sobre las siguientes cuestiones:

  • Para las empresas en situación de ERTE, que están a la espera de que se clarifique la duración de las bonificaciones vinculadas a la fuerza mayor, y las posibles medidas para transitar desde los ERTEs por causa de fuerza mayor hacia los ERTEs por causas productivas.
  • Para las empresas de comercio minorista de alimentación y bebidas, porque se actualizan las medidas de prevención de riesgos para el personal que preste servicios en los establecimientos y locales que abran al público.
  • Para las empresas que tienen vinculación con la hostelería y la restauración, para que conozcan los términos en los que éstas pueden retomar su actividad.
  • Para las empresas que tengan la necesidad de realizarbras de intervención en edificios (reformas de locales, establecimientos, etc.), ya que éstas intervenciones pueden realizarse bajo determinadas condiciones.

Así mismo se relacionan a continuación las siguientes cuestiones planteadas desde la Confederación Empresarial de la Comunitat Valenciana a la Directora General de Salud Pública y Adicciones, Ofelia Gimeno,  en referencia a la forma de proceder de las empresas que decidan realizar pruebas diagnósticas del coronavirus a sus trabajadores.

Preguntas CEV  :

“Las empresas que tienen la necesidad de poder asegurar la prevención de sus trabajadores y familiares, así como ante sus clientes, mediante la realización de pruebas diagnósticas de coronavirus necesitan conocer la forma de actuar. Para ello, le agradeceríamos respuesta a las siguientes cuestiones:

·         Como se inicia el procedimiento

·         A través de que facultativo, médico de empresa, médico de la mutua, médico de familia, et., obtienen la prescripción para la realización de las pruebas.

·         Que laboratorios son los autorizados para la realización de las pruebas.

·         De cuantas pruebas y su tipología, tiene el procedimiento que se recomienda por sanidad.

·          Qué y cómo debe comunicar la empresa a sanidad.

·         A quien corresponde pagar el coste del procedimiento.

·         En el caso de contagio producido por un trabajador de una empresa, que tipo de responsabilidad podría caer en el empresario. 

Y cualquier otro punto que podáis considerar que ayude al buen hacer del empresario en relación al covid-19”.

Respuesta de la Directora General  a las cuestiones planteadas (se adjunta).

Seguiremos informando,

Un cordial saludo,