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Información de interés efectos DANA (actualización diaria)

1 de febrero de 2025

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FEDACOVA

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A/A.     de toda la red de asociados a la CEV

 

 

Estimado/a Sr./Sra.:

 

Le trasladamos lo más relevante de las últimas líneas de financiación con cobertura pública que se han puesto a disposición de los afectados por la DANA. La información más detallada la encontrará en los dos documentos anexos.

 

  1. Línea de Avales ICO – DANA (ámbito estatal), con detalles sobre la financiación respaldada por avales del ICO.
  • Modalidad 2: Financiación con el respaldo de ayudas e indemnizaciones a empresas y autónomos
  • Beneficiarios: Autónomos y empresas en municipios afectados por la DANA.
  • Objeto: Anticipo de indemnizaciones del Consorcio de Seguros y/o ayudas públicas.
  • Importe máximo: suma de indemnización y ayudas esperadas.
  • Plazo: hasta 5 años.
  • Aval del Estado: 80 % del principal, sin coste para el beneficiario.
  • Garantías: cesión de derechos de cobro, sin otras garantías.
  • Solicitud: en entidades financieras adheridas.

 

  • Modalidad 3: recuperación de la capacidad productiva de empresas
  • Beneficiarios: Autónomos y empresas en municipios afectados o con medios de transporte dañados.
  • Objeto: Financiación de inversiones y capital circulante.
  • Importe máximo: hasta 12,5 millones de euros por empresa.
  • Plazo:
  • Capital circulante: hasta 5 años.
  • Inversión: hasta 7 años (10 años para sector agrícola).
  • Carencia: 12 meses (ampliable a 24 meses, si es necesario).
  • Aval del Estado: 80 % del principal, sin coste para el beneficiario.
  • Solicitud: en entidades financieras adheridas.

Nuevo tramo de 240 M€ para autónomos y pymes con interés al 0 %, subvencionado por la Secretaría de Estado de Comercio.

  1. Líneas de Financiación GVA – DANA (ámbito autonómico), que incluye información sobre las líneas de financiación del IVF y Afín SGR.

2.1. Línea IVF DANA

  • Beneficiarios: Empresas con instalaciones en municipios afectados por la DANA.
  • Finalidad: Reparación, renovación, reposición y mejora de instalaciones, maquinaria, equipos, vehículos y existencias.
  • Importe: Entre 200.000 y 3.000.000 €, según el volumen de negocio.
  • Plazo:
  • Inversión: Hasta 10 años (3 años de carencia).
  • Reposición de existencias: De 2 a 4 años (1 año de carencia).
  • Coste: 0 % de interés, sin comisiones de apertura ni cancelación.
  • Requisitos:
  • Antigüedad mínima de 2 años y al menos 1 empleado.
  • Al corriente con Hacienda y Seguridad Social antes del 29 de octubre de 2024.
  • No tener impagos previos a esa fecha ni pérdidas continuadas en los últimos 2 ejercicios.

 

2.2. Línea Afín SGR DANA

  • Beneficiarios: Autónomos y pymes en municipios afectados o con actividad dañada por la DANA.
  • Finalidad: Financiación de inversiones o circulante para la recuperación del negocio.
  • Importe: Entre 25.000 y 1.000.000 €.
  • Plazo:
  • Inversión: Hasta 10 años (3 años de carencia).
  • Circulante: Hasta 5 años (1 año de carencia).
  • Coste: 0 % de interés, sin comisiones de apertura ni aval, bonificadas al 100 %.
  • Requisitos:
  • Al menos 1 trabajador.
  • Solvencia previa a la DANA y actividad en sectores elegibles.
  • Suscripción de capital en Afín SGR (2 % del préstamo, reembolsable).

 

Le recordamos que puede acceder a toda la información relevante sobre la DANA a través del siguiente enlace: https://www.cev.es/informacion-dana/

Se ha publicado en el DOGV el DECRETO 17/2025, de 4 de febrero, del Consell, por el que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas urgentes dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta ajena con suspensión del contrato de trabajo por un expediente de regulación temporal de empleo por fuerza mayor a consecuencia de la emergencia causada por la DANA en la Comunitat Valenciana.

 

Objeto:  aprobar las bases reguladoras para la concesión de ayudas urgentes, por concesión directa, en concepto de renta complementaria de subsistencia, a personas trabajadoras por cuenta ajena, afectadas por la suspensión de su contrato de trabajo, como consecuencia de un expediente de regulación temporal de empleo por fuerza mayor a causa de la emergencia originada por la DANA en la Comunitat Valenciana en octubre de 2024.

 

Personas beneficiarias y requisitos:

 

Las personas físicas que estén incluidas en la relación de personas trabajadoras remitida por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), en tanto que es el órgano competente para el abono mensual de las prestaciones que se complementan, donde se incluirán todas las personas físicas que tengan reconocida la prestación de ERTE por fuerza mayor derivada de DANA, en algún día entre el 1 y el 31 de diciembre de 2024, debido a la suspensión temporal de su contrato de trabajo como consecuencia de un ERTE por causa de fuerza mayor derivada del episodio de DANA del pasado 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

 

Financiación y cuantía de las ayudas

 

La dotación inicial estimada de estas subvenciones asciende a 10.800.000 euros, fondos propios de la Generalitat.

El importe de la ayuda será de 360 euros por persona beneficiaria, y se obtiene aplicando el 30% al indicador público de renta de efectos múltiples (IPREM de 2024, esto es 600€) en su valor mensual, esto es 180 € (30% de 600=180€), por los meses de noviembre y diciembre de 2024 (180*2=360 €), que se corresponde con los meses de vigencia de esta medida a fin de 31 de diciembre de 2024.

 

Instrucción del procedimiento: El procedimiento se impulsará de oficio en todos sus trámites.

La instrucción corresponderá a la Subdirección General de Relaciones Laborales y Cooperativismo, de la Dirección General de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral.

 

Resolución y recursos:

La competencia para resolver corresponde al director general de Trabajo, Cooperativismo y Seguridad Laboral.

El plazo para resolver será de tres meses, a contar desde el día 11 de febrero de 2025.

 

Efectos: El presente decreto producirá efectos a partir del día 11 de febrero de 2025.