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Ayudas del IVACE para la adquisición de vehículos de energías alternativas (Programa MOVES II)

31 de julio de 2020

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Estimado amigo,

Se ha publicado en el DOGV la convocatoria de ayudas del IVACE para la adquisición de vehículos de energías alternativas dentro del programa de incentivos a la movilidad eficiente y sostenible (MOVES II Vehículos Comunitat Valenciana), y por la que se convoca la adhesión de concesionarios y puntos de venta de dichos vehículos.

Beneficiarios

  • Personas jurídicas cuyo número de identificación fiscal (NIF) comience por las letras A, B, C, D, E, F, G, J, R o W, que tengan su domicilio social en la CV, o bien que desarrollen su actividad, cuenten con una sede y tengan parte de su plantilla en la CV.
  • Profesionales autónomos con domicilio en la CV y estén dados de alta en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
  • Personas físicas, mayores de edad, con residencia en la CV, no incluidas en el anterior apartado.
  • Comunidades de propietarios con domicilio en la CV
  • Entidades locales.

Objeto

Adquisición directa o por medios de operaciones de leasing financiero o arrendamiento por renting (leasing operativo) de vehículos nuevos de energías alternativas, matriculados por primera vez en España, con fecha de factura de compraventa, matriculación y pago del vehículo posterior a la fecha de solicitud de la ayuda.

También se subvencionarán los vehículos eléctricos y de pila de combustible de categorías M1 y N1 con hasta 9 meses de antigüedad con titularidad del concesionario, punto de venta o fabricante/importador que realice la venta.

Vehículos incentivables

  • Categorías: turismos M1, furgonetas o camiones ligeros N1 y N2 (masa máxima autorizada hasta 12 toneladas), furgones o camiones N3, autobuses o autocares M2 y M3, cuadriciclos ligeros y pesados L6e y L7e y, motocicletas L3e, L4e y L5e.
  • Los vehículos de energías alternativas susceptibles de incentivo deben figurar en la base de vehículos del IDAE, en el siguiente enlace: http://coches.idae.es/base-datos/vehiculos-elegibles-programas-MOVES-II y cumplir los requisitos indicados en el Artículo 3 de la Convocatoria.
  • No es obligatorio achatarrar un coche, aunque se dará un importe de ayuda superior si acredita la baja definitiva en circulación de un vehículo con antigüedad superior a 7 años.

Ayudas

  • La cuantía de la ayuda variará según el solicitante, categoría y tipo de energía alternativa empleada, conforme lo establecido en el artículo 4 de la convocatoria.
  • Se otorgarán a las solicitudes que cumplan con los requisitos establecidos, por orden de presentación de las mismas.
  • Estas ayudas son incompatibles, con cualquier otra subvención o ayuda para la misma finalidad, procedentes de cualquier Administración, o entes públicos o privados nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Plazo y solicitudes

Desde el 6 de agosto de 2020 hasta el 28 de julio de 2021.

La ayuda se tramitará telemáticamente a través de un concesionario/punto de venta adherido al programa MOVES II-Vehículos de la Comunitat Valenciana.

Adhesión de concesionarios y puntos de venta

Podrán adherirse las empresas autorizadas para la comercialización de vehículos que operen en la Comunitat Valenciana y que acrediten estar dados de alta para tal fin mediante el epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) 615.1 o 654.1. La adhesión de los concesionarios/puntos de venta, se realizará a través del siguiente enlace y, comprenderá del 30 de julio de 2020 al 28 de junio de 2021.

Más información

Seguiremos informando,

Un cordial saludo,