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Brexit – preparación fin del periodo transitorio.

23 de diciembre de 2020

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FEDACOVA

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Estimado amigo,

Con independencia de que se logre o no un acuerdo para la futura relación entre la UE y Reino Unido -y con la información que disponemos a fecha de hoy- te recordamos que a partir del 1 de enero de 2021 (00:00 horas) los intercambios comerciales con Reino Unido (excepto Irlanda del Norte) se considerarán exportaciones e importaciones.

Por ello, desde FEDACOVA, Te remitimos esta circular conjunta, en la que recordamos las implicaciones prácticas del Brexit.

  • Los envíos y recepciones de mercancías a y desde Reino Unido se deberán formalizar en declaraciones aduaneras.
  • Para la presentación de declaraciones es necesario disponer de un número EORI registrado en un estado miembro de la Unión Europea. En el caso de España se puede obtener a través de la sede electrónica de la agencia tributaria.
  • La presentación de declaraciones se puede efectuar por los propios operadores o utilizando un representante aduanero.
  • Algunos tipos de mercancías están sujetas a controles por parte de otros organismos diferentes de la aduana, por lo que resulta imprescindible informarse de la tramitación que es necesario realizar ante ellos antes de llevar a cabo la importación o exportación. Puede encontrar más información en este enlace o bien consultar la Carta al respecto emitida por la Agencia Tributaria. También puede consultar las medidas aplicables a cada mercancía en función de su clasificación arancelaria.
  • Irlanda del Norte, aunque forma parte del territorio aduanero de Reino Unido, continuará aplicando normativa de la UE en materia de aduanas, IVA e IIEE, entre otras.

A través del vínculo Brexit Comercio de la Secretaría de Estado de Comercio se puede encontrar información adicional y actualizada, así como los enlaces para realizar las diferentes tramitaciones y controles de mercancías correspondientes a esta Secretaría de estado.

En paralelo, para conocer los requisitos que Reino Unido ha establecido para el acceso a su mercado, puedes consultar las Guías de acceso al mercado del Reino Unido a partir del 1 enero 2021 elaboradas por la Oficina Económica y Comercial de España en Londres. En estos documentos se explican los procedimientos aduaneros de importación en el Reino Unido, así como la introducción de controles fronterizos para los bienes controlados en tres etapas hasta el 1 de julio de 2021, y los modelos de despacho previo y almacenamiento provisional que se implantarán para las importaciones a partir del mes de julio de 2021. Además, se adjuntan notas informativas sobre temas horizontales, como la adaptación del marcado CE, los criterios sobre las reglas de origen, los cambios en el portal de licitaciones públicas o las implicaciones del IVA en el comercio electrónico para ventas B2C. Esta serie de documentos se completa con unos manuales específicos de productos sometidos a controles por etapas. Cada manual explica cuáles son las autoridades competentes en el Reino Unido para realizar los controles. En cada fase (enero, abril o julio de 2021) se describen los productos afectados por estos controles, los procedimientos telemáticos que aplican en la importación, dónde se localizan los controles, un diagrama de flujo del proceso, los pasos previos a la importación y al llegar a frontera, con las responsabilidades del exportador e importador.

También se recuerda a todos los operadores que deben prepararse, si no lo han hecho ya, para poder afrontar el próximo 1 de enero con las mayores garantías.

Al respecto, todos los Ministerios, además de Presidencia de Gobierno, tienen información sobre el Brexit en sus páginas web que puede ser consultada.

Por último, a la vista de que el proceso de negociación entre la UE y Reino Unido todavía no ha concluido –y desde FEDACOVA seguimos sin descartar cualquiera de las posibles opciones-, te adelantamos que en cuanto se produzca una novedad sobre los efectos del Brexit, os mantendremos informados.

Un cordial saludo,